jueves, 24 de noviembre de 2016

AVISO PARA PERSONAL INTERINO QUE HAYA PRESTADO SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CON ANTERIORIDAD A AGOSTO DE 1990

Extensión de efectos de sentencia por las omisiones en las cotizaciones a la Seguridad Social de periodos trabajados con anterioridad a agosto de 1990.

1.- En primer lugar hay que aclarar que este aviso sólo aplicable a funcionarios interinos por periodos trabajados en la Administración de Justicia y no cotizados hasta agosto de 1990. Importante: tienen que seguir sometidos al régimen de seguridad social a efectos de jubilación, es decir, sólo los que siguen siendo interinos a fecha de hoy, o los que han ingresado como funcionarios de carrera desde 2011, o los que por cualquier motivo siguen en el régimen general de la seguridad social. 

Los que sean funcionarios de carrera con anterioridad a 2011 y pertenecen por tanto al régimen de clases pasivas NO ESTAN AFECTADOS. 

2.- Todos los que estéis interesados en la extensión de efectos de la sentencia para que se declare vuestro derecho a ser afiliado y dado de alta con carácter retroactivo en el Régimen General de la Seguridad Social en los periodos trabajados en la Administración de Justicia con anterioridad a 1 de agosto de 1990 debéis poneros en contacto con nosotros LO MAS URGENTE POSIBLE, ya que el plazo está a punto de expirar, ya que es preciso obtener antes una documentación acreditativa de de la ausencia de cotización.

STAJ tramitará la extensión de efectos de forma gratuita para todos los afiliados y nuevos afiliados